
Según la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, el Sistema Público de Servicios Sociales es un servicio público de carácter universal que consiste en una red integrada de recursos, programas, prestaciones y equipamientos de atención social, de responsabilidad y control público, ejercidos por las Administraciones autonómica y local. Tiene como función principal asegurar a las personas el derecho a vivir dignamente durante todas las etapas de la vida.
El Sistema Público de Servicios Sociales se organiza en dos niveles de atención: Atención Social Primaria y Atención Social Especializada
La Atención Social Primaria constituye la vía normalizada de acceso al Sistema Público de Servicios Sociales. Tiene carácter polivalente y ofrece una atención social individualizada, específica, cercana y en el propio entorno de la persona.
La Mancomunidad 2016 es la encargada de prestar Atención Social Primaria a los 12 municipios que la integran.
A los ciudadanos que acuden por primera vez a servicios sociales se les asigna un profesional de referencia, trabajador social, que será el encargado de recibir y atender la demanda, realizar la valoración, gestionar las prestaciones y realizar el seguimiento de la atención social.
Para acceder a los Servicios Sociales debe solicitar cita previa llamando al teléfono:

Tipos de prestaciones
Las prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales tienen carácter universal y son accesibles en las condiciones y términos previstos para cada una de ellas en esta ley y en su normativa específica.
Se orientan a fomentar la autonomía, prevenir la dependencia, promocionar la convivencia y la protección de la infancia, la inserción social y la calidad de vida de las personas, familias y grupos.
Las prestaciones se clasifican, por razón de su naturaleza, en garantizadas y condicionadas y, por razón de su contenido, en prestaciones de servicio y económicas.




